R:Sí, pero sólo se podrá ceder el Certificado de Subsidio entre cónyuges.
Esta situación se permite en el caso que, por ejemplo, la mujer sea la beneficiaria del Subsidio Habitacional y el marido sea el titular de la Libreta de Ahorro.
Para realizar este acto, la cesión del Subsidio Habitacional debe constar en la escritura de compraventa de la propiedad.