R:Sí, el Subsidio Habitacional se puede ceder entre cónyuges para la compra de una vivienda.
Es más, existen casos en que el beneficiario del subsidio no es el titular de la cuenta de ahorro, es el otro cónyuge.
Por lo que, al momento de la compraventa, los cónyuges pueden ceder tanto el certificado de Subsidio Habitacional como el Ahorro previo de la Libreta de Ahorro para la Vivienda en la escritura de compraventa de la vivienda, a favor del cónyuge que figure como el Comprador.