R:Al postular en modalidad colectiva, usted tiene dos opciones:
1.- Grupal sin Proyecto: a) El grupo de postulantes deberá contar con Personalidad Jurídica con el propósito de desarrollar un Proyecto Habitacional. b) Si el grupo de postulantes busca la construcción en sitio propio o densificación predial, no es necesario contar con Personalidad Jurídica. El mínimo de postulantes no puede ser menor a 2, ni la cantidad de postulantes ser mayor que la cantidad de viviendas que contempla el proyecto.
2.- Grupal con Proyecto: El grupo de postulantes deberá postular a través de una entidad patrocinante, y para ello no será contar con Personalidad Jurídica. EL numero de postulantes no podrá exceder en cantidad al número de viviendas que conforma el proyecto.
En todos los casos, los certificados de Subsidio habitacional serán emitidos a nombre de cada uno de los postulantes.
Se entiende como grupo de postulantes a organizaciones como Comités de Vivienda, de Allegados, Cooperativa o cualquier otro tipo de agrupación cuyo propósito sea postular de manera conjunta a la adquisición de una vivienda.