R:Si, existen cuatro tipos de Subsidios Adicionales, los cuales estan dirigidos para los Grupos Emergentes (Titulo I) y Sectores Medios (Titulo II), según el siguiente detalle:
1.- Titulo II, zonas de Renovación Urbana o de Desarrollo Prioritario.
El monto del Subsidio Habitacional será como mínimo de 200 UF y como máximo de 300 UF.
2.- Titulo II, zonas de Conservación Historica.
El monto del Subsidio Habitacional será como mínimo de hasta 300 UF.
3.- Titulos I y II, Discapacitados.
Si en la vivienda se implementan obras para ayudar a superar alguna discapacidad, se suman 20 UF al monto correspondiente al valor de la vivienda.
4.- Titulos I y II, Proyecto de Integración Social.
Si la vivienda es parte de un Proyecto calificado por Serviu como de Integración Social, se adiciona un subsidio variable de acuerdo al precio de la vivienda, y tendrá como tope las 100 UF.