R:Usted puede postular en forma personal y directamente:
En las oficinas de Serviu de todo el país.
A través de su Municipio.
O cualquier entidad receptora de postulaciones que se encuentre debidamente acreditada por Serviu.
Para conocer las oficinas de SERVIU en todo chile, Haga clic Aquí. El reglamento del Subsidio Habitacional establece que se realizarán a lo menos dos llamados al año para realizar postulaciones.
Estos llamados serán nacionales y deberán atender a todas las regiones del país.
Sin perjuicio de lo anterior, los Seremis, Secretaria Regional Ministerial, previa autorización del Minvu, podrá realizar llamados dentro de su región, para una comuna, provincia o toda la región.
Para conocer las fechas de llamado a postulación de los diferentes programas de Subsidio Habitacional, Haz clic Aquí.
Postulación individual Al postular en la modalidad individual, el interesado realiza todos los trámites correspondientes al programa por su propia cuenta y en forma directa con Serviu.
El Subsidio obtenido en esta modalidad le permite comprar una vivienda nueva, usada o construir una casa en un sitio propio o bajo el amparo de densificación predial.
También podrá comprar una casa nueva en alguno de los proyectos que se encuentren inscritos en la Nómina de Oferta de Proyectos Habitacionales aprobada por el Serviu.
El interesado también puede otorgar un mandato a su cónyuge, padres, hermanos o hijos para que efectúen la postulación a su nombre.
Postulación en modalidad colectiva, usted tiene dos opciones:
1.- Grupal sin Proyecto: a) El grupo de postulantes deberá contar con Personalidad Jurídica con el propósito de desarrollar un Proyecto Habitacional. b) Si el grupo de postulantes busca la construcción en sitio propio o densificación predial, no es necesario contar con Personalidad Jurídica. El mínimo de postulantes no puede ser menor a 2, ni la cantidad de postulantes ser mayor que la cantidad de viviendas que contempla el proyecto.
2.- Grupal con Proyecto: El grupo de postulantes deberá postular a través de una entidad patrocinante, y para ello no será contar con Personalidad Jurídica. EL numero de postulantes no podrá exceder en cantidad al número de viviendas que conforma el proyecto.
En todos los casos, los certificados de Subsidio habitacional serán emitidos a nombre de cada uno de los postulantes.
Se entiende como grupo de postulantes a organizaciones como Comités de Vivienda, de Allegados, Cooperativa o cualquier otro tipo de agrupación cuyo propósito sea postular de manera conjunta a la adquisición de una vivienda.