R:Pueden ser entidades organizadoras personas jurídicas, de derecho público o privado, con o sin fines de lucro, que estén inscritas en alguna de las subespecialidades de cada especialidad señalada en el Rubro IV de artículo 6° del Registro Nacional de Consultor. Las EGIS podrán ser:
Municipios
Fundaciones
Corporaciones
Cooperativas
Consultores