R: El primer dividendo se cancela al mes subsiguiente a la fecha de suscripción de la escritura.
Por ejemplo:
Si firmó la escritura en el mes de Marzo, deberá cancelar el primer dividendo en el mes de Mayo.
Es decir, dos meses después de la fecha en que se firmó la escritura de compraventa.
Dato: los dividendos se cancelan siempre entre el primer y décimo día del mes de pago.